jueves, 6 de octubre de 2011

La Audiencia de Girona falla a favor de la dación en pago

EL PAÍS Barcelona 6 OCT 2011 - 20:31
La Audiencia de Girona no cita el auto de la sección 2ª de la Audiencia Provincial de Navarra de diciembre de 2010, pero en la línea de aquella, afirma que “no puede sostenerse que ‘el producto’ obtenido por la entidad financiera fuera insuficiente para cubrir el crédito”.
El auto, que esta tarde ha hecho público la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), ofrece razones jurídicas para sostener que el desahucio ya cancela la deuda. El texto afirma que “el banco es la parte fuerte del contrato de adhesión” y recuerda que la Ley de Defensa de los consumidores prohíbe que las cláusulas que se incluyen en los contratos sean abusivas.

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